El honorable Concejo Municipal de la ciudad de San Genaro, en uso de las facultades que le son propias, propone la siguiente ordenanza:
ARTÍCULO 1º: Determínese que el sentido de la calle 19 de setiembre entre calle Italia y Nillson Maritano de San Genaro sea exclusivamente en sentido este – oeste.
ARTÍCULO 2º: Determínese que se permitirá el estacionamiento doble en dicha arteria de la ciudad para facilitar la concurrencia de deportistas y afines. .
ARTÍCULO 3º: Colóquese cartelería indicativa y de señalización atento lo dispuesto en los artículos primero, y segundo.
ARTÍCULO 4º: De forma.
SENTIDO DE CIRCULACIÓN CALLE 19 DE SETIEMBRE ENTRE ITALIA Y MARITANO
EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN GENARO, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, PROPONE LA SIGUIENTE ORDENANZA:
ARTÍCULO 1º: Determínese que el sentido de la calle 19 de setiembre entre calle Italia y Nillson Maritano de San Genaro sea exclusivamente en sentido este – oeste.
ARTÍCULO 2º: Determínese que se permitirá el estacionamiento doble en dicha arteria de la ciudad para facilitar la concurrencia de deportistas y afines. .
ARTÍCULO 3º: Colóquese cartelería indicativa y de señalización atento lo dispuesto en los artículos primero, y segundo.
ARTÍCULO 4º: De forma.